Ley de Creación de la Provincia de Chincha


EL CIUDADANO JOSE BALTA
Presidente Constitucional de la República

Por Cuanto el Congreso ha dado la Ley Siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Considerando:

Que está probada la necesidad que existe de reunir en una provincia los distritos de Pisco y Humay, hoy pertenecientes a la Provincia de Ica y los de Chincha Alta y Baja, que hacen parte de la de Cañete;

Ha dado la Ley siguiente:

Art. 1º.- Se erige una nueva Provincia con el nombre de "Chincha", cuya capital será la villa de Pisco.

Art. 2º.- Dicha Provincia se compondrá de los Distritos de Pisco, Humay, Chincha Alta y Chincha Baja; y formará con la de Ica el departamento de este nombre.

Art. 3º.- Los límites de la expresada Provincia, serán los mismos que actualmente separan los distritos que la componen, de las Provincias vecinas.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a 30 de Octubre de 1868.

José Rufino Echenique, Presidente del Senado.
Juan Oviedo, Presidente de la Cámara de Diputados.
Francisco Chavez, Senador Secretario.
Modesto Basadre, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: Mando se imprima, publique y circule y se le de el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a 30 de Octubre de 1868.

JOSE BALTA - P. Gálvez.

(TARAZONA, Justino: Demarcación Política del Perú 1946.)




Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

0 comentarios:

Añade tu opinión, comenta: